Convocatoria para que familias financien el pago de pensión de jardines y colegios privados
Ministerio de Educación abre convocatoria para que familias financien el pago de pensión de jardines y colegios privados
Gobierno Duque abre línea de crédito condonable, dirigido a padres de familia y acudientes de niños y jóvenes que se encuentren estudiando en jardines infantiles y colegios privados, y que presenten atrasos en el pago de pensiones educativas por la pandemia de la covid–19.
- Esta línea permitirá la financiación de pensiones hasta por seis meses, y cubre un monto máximo total de $1.200.000 por estudiante postulado.
- Para aplicar a esta línea el jardín y/o colegio privado donde está matriculado el estudiante, debe postularlo como potencial beneficiario entre el 24 de junio al 7 de julio de 2020, en el sitio web www.icetex.gov.co.
- Posterior a este proceso, los padres o acudientes deden inscribir y adjuntar la documentación del estudiante entre el 17 y el 27 de julio.
Bogotá, D.C., 24 de junio de 2020. Gobierno del presidente Iván Duque Márquez a través del Ministerio de Educación Nacional abre la convocatoria que permitirá que jardines infantiles y colegios privados postulen a estudiantes que presenten dificultades y atrasos en el pago de las pensiones, para que se inscriban en el Fondo Solidario para la Educación que financiará hasta por seis meses el pago de la pensión a través de crédito condonable.
La línea de crédito, total o parcialmente condonable para el pago de pensiones de jardines y colegios privados, hace parte del Fondo creado por el Gobierno Nacional, a través del Decreto 662 del 14 de mayo de 2020, para mitigar la deserción en el sector educativo privado provocada por la pandemia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Esta línea de financiación, dispuesta por el Ministerio de Educación Nacional y administrada por ICETEX, no requiere de codeudor y define los porcentajes de condonación o de pago, de acuerdo con el nivel socioeconómico de los solicitantes: para estratos 1 y 2 se condonará el 100 %; para el estrato 3, el 90 %; y al estrato 4, el 50 % del crédito.
Estos beneficios aplican previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento. Los usuarios de estratos 5 y 6, y quienes deban reembolsar un porcentaje del crédito, tendrán una tasa de interés subsidiada equivalente al valor del IPC del año vencido.
¿A quiénes está dirigida esta línea de crédito?
- A padres de familia o acudientes (representante o tutor legal del estudiante) de niños y jóvenes de jardines infantiles y colegios privados matriculados en los niveles de educación inicial, preescolar, básica primaria, básica secundaria y media formalmente constituidos en el país.
- Los padres o acudientes deben presentar la condición de estar en mora en una o más mensualidades correspondientes al año 2020, por causa de la pandemia en el marco de la emergencia sanitaria ocasionada por el covid-19.
¿Qué cubre esta línea de financiación?
- Este crédito cubre el valor en mora de la pensión (de una y hasta seis mensualidades) que debe ser certificado por el jardín infantil o colegio, sin superar el tope total establecido ($1.200.000) por estudiante y de acuerdo con la disponibilidad de los recursos del Fondo.
- Crédito de carácter condonable o parcialmente condonable para los estratos 1, 2, 3 y 4, para los estratos 5 y 6 es de carácter reembolsable con interés ajustado al IPC tal y como se evidencia a continuación:
Condonación y estratos Condonación Estrato 1 y 2 Estrato 3 Estrato 4 Estrato 5 y 6 100% 90% 50% 0% Estos padres y acudientes deben presentar la condición de no haber podido pagar los costos educativos de las pensiones de sus hijos, debido a la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID – 19, y a la fecha de radicar solicitud deben encontrarse en mora de una o más mensualidades correspondientes al año lectivo 2020.
¿Cómo se hace condonable este crédito en los casos para los que aplica tal beneficio?
- El usuario de la financiación debe acreditar los siguientes requisitos:
- Certificado de estudios en el que conste que el estudiante se encuentra matriculado en el establecimiento educativo (jardín o colegio) en un grado posterior al que fue objeto del crédito.
- Si el estudiante se encontraba estudiando grado 11º en el momento del otorgamiento del crédito, se debe presentar el título de bachiller.
- En caso de que el niño o niña pase de jardín infantil a un colegio, se deberá acreditar el certificado de estudios donde conste que el estudiante finalizó el año lectivo en el establecimiento educativo (jardín) para el cual solicitó el crédito, y que se encuentra estudiando en un establecimiento educativo (colegio) a la fecha de solicitud de la condonación.
- Esta línea de crédito permite a los padres o acudientes un período de gracia de 18 meses para iniciar el pago del porcentaje no condonable del valor financiado. Es importante señalar que durante el período de gracia no se generarán intereses.
¿Cómo se desarrolla el proceso de inscripción?
La inscripción se da en dos fases:
1 – Postulación de estudiantes por parte de establecimientos educativos (jardines y colegios privados):
- Este proceso tendrá lugar entre 24 de junio desde las 6 p.m. hasta el 7 de julio y está dirigido a los jardines y colegios para que postulen a los estudiante que aspiran al beneficio del crédito.
- En ese período los establecimientos educativos interesados deben diligenciar el formulario que se encontrará en el sitio web del ICETEX. Para esto deben ingresar a www.icetex.gov.co ubicarse en la sección ‘Estudiante’ y elegir la opción ‘Fondos en Administración – ICETEX’. Allí, en la pestaña ‘Programas especiales’ encontrará la opción ‘Línea de crédito educativo para el pago de pensiones de jardines y colegios privados’.
- Posteriormente, entre el 8 y 15 de julio, el ICETEX y el Ministerio de Educación Nacional realizarán las respectivas verificaciones sobre la inscripción de las instituciones educativas postuladas en los correspondientes registros de establecimientos.
2 – Inscripción de padres de familia y acudientes:
- Este proceso tendrá lugar entre el 17 y 27 de julio y está dirigido a los padres de familia y acudientes de los estudiantes postulados previamente por los establecimientos educativos. Estas personas serán informadas, a través del correo electrónico registrado en la fase 1 realizada por los colegios y jardines, para que realicen el diligenciamiento del formulario de solicitud.
- Entre el 28 de julio y el 9 de agosto se realizará el proceso de validación de requisitos y calificación para la aprobación de los aspirantes seleccionados. Criterios como el estrato socioeconómico, el número de hijos de la familia, el ingreso del padre de familia o acudiente, serán determinantes en esta evaluación.
La publicación de resultados tendrá lugar el 11 de agosto, y a partir de esta fecha el aspirante debe realizar el proceso digital de legalización del crédito en la plataforma que ICETEX disponga. Una vez legalizado el crédito, se realizará el desembolso directamente al establecimiento educativo.
Este es un esfuerzo del Gobierno Nacional con el que fortalece el compromiso con las familias colombianas y que contribuye al propósito del presidente Iván Duque de seguir trabajando integralmente por la educación, con acceso y permanencia, por los niños y jóvenes del país.
Fuente: https://www.mineducacion.gov.co/
Requisitos del Establecimiento Educativo
Los requisitos que deben presentar los establecimientos educativos para participar en el programa son:
-
Formulario de solicitud de inscripción al programa.
-
Licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría de Educación respectiva donde opere el establecimiento educativo.
-
Acto administrativo de autorización de tarifas y costos educativos del régimen de matrículas vigente expedido por la correspondiente Secretaría de Educación.
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Listado de los alumnos que presentan mora en el pago de la pensión por un periodo igual o mayor a un (1) mes con corte hasta el mes de junio de 2020, cuyas familias hayan manifestado la intención de solicitar el crédito.
-
Certificado de cuenta bancaria del establecimiento educativo.
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Copia del Registro Único Tributario (RUT) del titular de la licencia de funcionamiento.
-
Declaración juramentada suscrita por el rector del Establecimiento Educativo en el que conste que el jardín o colegio no se encuentran en curso de una sanción relacionada con la licencia de funcionamiento del Establecimiento Educativo.
Los jardines infantiles que no cuenten con licencia de funcionamiento expedida por la entidad territorial, podrán presentar soporte de su inscripción en el Registro Único de Prestadores de Educación Inicial – RUPEI del Ministerio de Educación Nacional (para el caso de Bogotá, estar inscritos en el Sistema de Información y Registro de Servicios Sociales – SIRSS, de la Secretaría Distrital de Integración Social) para dar cumplimiento al requisito No. 2, así como una certificación de sus costos de pensión para dar cumplimiento al requisito No. 3.
Los colegios no pueden limitar la participación de las familias y deberán reportar a todas las familias que aspiren al beneficio y lo hayan informado de manera formal al Establecimiento Educativo.
La información que reporte el Establecimiento Educativo en el formulario referido en el numeral 1 del presente artículo relacionada con el valor de la pensión mensual por grado educativo, deberá corresponder a las tarifas aprobadas en el Acto administrativo de autorización de tarifas referido en el numeral 3. En el caso de que el Ministerio de Educación Nacional encuentre información irregular durante el proceso notificará a las autoridades competentes para lo pertinente.
Requisitos de los aspirantes
Para ser beneficiario de un crédito educativo, el padre de familia o acudiente deberá reunir los siguientes requisitos:
-
Haber sido postulado ante el ICETEX por el jardín o colegio donde estudia el alumno, en la primera etapa de la convocatoria del crédito, previa manifestación de su intención de solicitar el crédito de que trata el presente reglamento.
-
Tener una (1) o más mensualidades de pensiones en mora a la fecha de la solicitud del crédito.
-
Diligenciar el formulario de solicitud de crédito para financiar estudios en establecimientos educativos de carácter privado que estén formalmente constituidos.
-
No ser deudor moroso del ICETEX.
Una vez aprobado el crédito condonable el beneficiario deberá adjuntar los siguientes documentos en el periodo de legalización:
- Fotocopia del documento de identidad del solicitante de crédito.
- Recibo de servicio público del mes inmediatamente anterior al que se hace la solicitud, en el que figure el estrato socioeconómico de la familia.
- Declaración juramentada en donde conste la imposibilidad de pago de las pensiones por ausencia o disminución de ingresos como consecuencia de la pandemia del Covid-19 que incluya adicionalmente: dirección de residencia, número de hijos que hacen parte del núcleo familiar o si es acudiente el número de niños, niñas y adolescentes a cargo, y el monto de los ingresos que percibe o percibía como trabajador asalariado o independiente. Este documento deberá ser autenticado en notaría.
Para mayor información descarga la infografia linea-de-credito-jardines-infantiles-y-colegios-privados
Descargar el Listado de los alumnos que presentan mora en el pago de la pensión por un periodo igual o mayor a un (1) mes, cuyas familias hayan manifestado la intención de solicitar el crédito.listado-de-los-alumnos-que-presentan-mora-en-el-pago-de-la-pension
También informamos que al momento de cargar el listado de alumnos en el formulario de solicitud de crédito, el formato del archivo debe ser cargado en Excel CSV.
Consulta aquí: El reglamento-operativo-fse-linea-pensiones-familias-jardines-y-colegios-privados